Uno de los debates que se han suscitado desde el Derecho y la Ciencia Jurídica es el referente a si el Poder Judicial -o la Justicia, con mayúscula-, tiene dentro de sus tareas defender la voluntad popular. Dos posturas responden a esa pregunta de formas radicalmente opuestas entre sí y afirman, una, que la labor más importante de ese Poder es la defensa de las decisiones tomadas por el pueblo a través de sus representantes, mientras que la otra sostiene que esa consideración es equivocada, puesto que la Justicia solamente debe garantizar la regularidad legal y constitucional.
Aunado a la cuestión abordada arriba surge un problema particular: determinar en qué magnitud el Poder Judicial constituye un soporte de la democracia en sentido amplio. En otras palabras, más allá de la definición de si esta rama del Estado efectivamente debe representar al pueblo, existe la certeza de que su misión es hacer que prevalezca el estado de Derecho y, como consecuencia de ello, debe limitar a los demás Poderes y órganos del Estado. La verdadera cuestión es, hasta dónde puede llegar tal ejercicio limitador. Entonces, frente a esas preguntas surge otra que las condensa: ¿cuál es la función del Poder Judicial en la democracia? Naturalmente, para contestar a ese interrogante es necesario explicar qué significa la democracia: en particular para lo que interesa a este blog, es la efectiva manifestación de la voluntad popular en la rectoría del Estado. A mayor abundamiento, la verdadera democracia se trata de la participación de la ciudadanía en la conducción institucional del Estado, y no la mera expresión de la voluntad mayoritaria -aunque así se presente en muchas ocasiones en la actualidad-. En ese sentido, debe existir una garantía de que se hará cumplir el orden jurídico del Estado, tarea que corresponde en última instancia a la Justicia, pues asegura la regularidad estatal y, consecuentemente, constituye un defensor de la legitimidad del ejercicio del poder público. Así pues, la afirmación de que la Justicia debe representar al pueblo es engañosa, y quizá incluso demagógica, pero tiene una arista aparentemente cierta: el Poder Judicial es un "representante democrático" en la medida en que hace cumplir los mandatos constitucionales a pesar del ejercicio legítimo de las funciones de los otros poderes, y a pesar también de lo que expresen las mayorías en los órganos representativos del pueblo. Tales ideas obligan a decir que el Poder Judicial no es un representante del pueblo, ni es votado por él -pues conviene que sus integrantes no se voten[1] -, y en ocasiones debe decidir en contra de la voluntad que exprese el pueblo. Esa actitud aparentemente omnímoda es, contrariamente a lo esperado, la manifestación de que el Poder Judicial es el máximo y último protector de la democracia, pues debe defenderla incluso de quienes le dan origen y, se supone, tienen el monopolio legítimo de su ejercicio[2]. Existe un argumento adicional para afirmar que este Poder salvaguarda la democracia sin ser un representante popular: en sus manos se encuentran la última palabra sobre la interpretación de las normas constitucionales y convencionales, así como la tutela de los derechos humanos. De tal forma, se convierte en un órgano que protege los derechos humanos, defendiéndolos de las decisiones de la mayoría que, en muchas ocasiones, puede optar por restringirlos indebidamente. La reflexión a la que conduce este blog es que la Justicia debe realizar su labor sabiendo que sus decisiones, siendo incluso impopulares en algunas ocasiones, constituyen el último bastión -y, quizá también, la última esperanza- de la protección de la regularidad del Estado[3]. Asimismo, estos párrafos llevan a un recordatorio fundamental: la Justicia tiene en sus manos reconducir a los otros Poderes cuando se extralimitan. El éxito del trabajo jurisdiccional demanda eficiencia y pericia técnica, pero también que se haga con prestigio social y autoridad moral. Así pues, para terminar estas líneas, conviene animar a quienes lo realizan para que su labor se apegue a estándares éticos superiores. Reunidos esos requisitos, será difícil que a la Justicia se le persiga por defender la democracia yendo en contra de las decisiones tomadas democráticamente por la mayoría. [1] Sobre este tema, se recomienda muy ampliamente la lectura del blog ¿Votar por los jueces? publicado por el Centro de Ética Judicial. [2] Aziz Z. Huq, How to Save a Constitutional Democracy, Chicago, The University of Chicago Press, 2017, passim. [3] Muller, Caroline, Gorczevski, Clovis, “La función y la legitimidad del Poder Judicial en el constitucionalismo democrático brasileño: ¿un activismo necesario?, Estudios Constitucionales, Año 14, núm. 2, 2016, pág. 219.
1 Comentario
Roberto Rivera Ochoa
9/7/2024 09:03:06 pm
Estoy de acuerdo con la apreciación acerca de los jueces y la democracia.
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