Hoy día en México, la opinión pública generalmente parte de la información que los medios de comunicación ponen en alcance de la sociedad; pudiendo dicha información, en ocasiones, estar sujeta a manipulaciones, lo que genera que la misma se encuentre alejada de la realidad; situación que también se traslada y permea en el ámbito de la impartición de justicia mexicana. Así, en casos concretos, tratándose de información sujeta a un proceso legal, la exposición de los acontecimientos en medios de comunicación puede dañar ciertos derechos del supuestamente inculpado; toda vez que tan solo con que un medio de comunicación presente información en la que determinada persona sea presentada como "culpable", genera una vulneración al principio de presunción de inocencia en su vertiente de regla procesal que toda persona debe tener durante un proceso legal que se sigue en su contra. Tal presentación en cualquier medio de comunicación pudiera predisponer el análisis jurídico y valoración de pruebas de los impartidores de justicia, en perjuicio del presunto “culpable”. En tal virtud, resulta necesario que los jueces realicen una ponderación motivada para establecer si se está en condiciones de dudar sobre la fiabilidad del material probatorio y de la información expuesta en medios, y constreñirse a valorar los elementos objetivos del proceso, sin la intervención mediática de diversas fuentes. (Véase el criterio de la tesis de la Primera Sala de rubro: “PRESUNCIÓN DE INOCENCIA COMO REGLA DE TRATO EN SU VERTIENTE EXTRAPROCESAL. ELEMENTOS A PONDERAR PARA DETERMINAR SI LA EXPOSICIÓN DE DETENIDOS ANTE MEDIOS DE COMUNICACIÓN PERMITE CUESTIONAR LA FIABILIDAD DEL MATERIAL PROBATORIO). La justicia mediática, o bien, lo que se conoce como “juicios paralelos de los medios”, pueden poner en riesgo la independencia del juzgador. Para tales efectos, el actuar de éste debe ser transparente, objetivo, imparcial, independiente y el juzgador ser muy estricto en sus argumentaciones al dictar sentencia, puesto que, en todo momento, estará expuesto a la intervención y fuerza mediáticas, y a las presiones políticas y sociales que se tornan a su alrededor. En esta época en donde las redes sociales y el acceso a internet y a diversa información está prácticamente al alcance de todos, con una fuerza inimaginable, resulta aún más ardua la labor del juzgador para lograr mantenerse al margen de todo ese “compendio” de información que minuto a minuto se genera; información cubierta de opiniones y diversos tintes con el tono subjetivo que otorga y cubre el informante. Por supuesto que no resultaría lógico pensar en apartar al juzgador de toda la información a la que todos estamos expuestos; sin embargo, la misma no debe generarle un criterio determinado, sino sólo aquellas pruebas objetivas con las que cuente dentro de su expediente. Celebramos a los jueces y Magistrados que, a pesar de las presiones mediáticas y sociales, logran apegar sus resoluciones a Derecho.
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